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Blindaje o Desmonte del Vehículo en Bogotá

Para realizar el Blindaje o Desmonte del Blindaje del Vehículo en Bogotá, Colombia. Este trámite permite registrar la Instalación o Retiro de Material a Prueba de Proyectiles, balas etc.

Requisitos para el Blindaje o Desmonte del Vehículo

Los requisitos para el Blindaje o Desmonte del Vehículo son los siguientes.

  • Para adelantar el trámite las personas naturales o jurídicas deben estar debidamente inscritas en el sistema RUNT
  • Presentar original del documento de identidad. Para nacionales mayores de edad: Cédula de ciudadanía- contraseña*. Para menores de edad, tarjeta de identidad, contraseña* Para extranjeros mayores de edad: Cédula de extranjería o contraseña certificada (provisionalmente) o, pasaporte vigente
  • Resolución expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada a través de la cual se autoriza el blindaje o desmonte del blindaje del vehículo
  • Certificado de la empresa brindadora que efectuó el blindaje o el desmonte de éste, debidamente registrada ante la
  • Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, con improntas del vehículo adheridas
  • Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado. Clic aquí
  • SOAT vigente incorporado en RUNT
  • Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito
  • Pago de los derechos del trámite
  • Si el propietario es persona jurídica deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días
  • Cuando el trámite(s) por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar el contrato de mandato, poder general o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante. Si la autorización se lleva a cabo mediante poder especial, este debe tener presentación personal ante una notaría pública

Debe saber que el blindaje o desmonte del blindaje del vehículo no se requerirá para los niveles 1 y 2. Para niveles de blindaje tres (III) y cuatro (IV) resolución expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada a través de la cual se autoriza el blindaje o desmonte del blindaje del vehículo. El Certificado de la empresa blindadora que efectuó el blindaje o el desmonte de éste, debidamente registrada ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, con improntas del vehículo adheridas. Esto para todos los niveles de blindaje.

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