El régimen especial es una categoría tributaria que beneficia a ciertas asociaciones sin fines de lucro en Colombia. Por otro lado, el régimen ordinario es el régimen común del Sistema Tributario en el país, que es aplicable a todas las personas jurídicas y naturales que estén obligadas a declarar y pagar impuestos. Cambiar de régimen puede ser una decisión estratégica para una asociación, ya que implica una serie de ventajas y regulaciones específicas para su tipo de actividad.
Para cambiar de régimen ordinario a régimen especial, una asociación debe cumplir ciertos requisitos establecidos por la ley. En primer lugar, debe ser una entidad sin fines de lucro que se dedique a la realización de actividades de bienestar social, cultural, científico, deportivo o gremial. Además, debe estar registrada como tal ante la Cámara de Comercio y tener una certificación de las autoridades competentes que la reconozca como una asociación sin ánimo de lucro.
Una vez que la asociación cumpla con estos requisitos básicos, debe realizar una solicitud formal ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para cambiar de régimen. La DIAN realizará una evaluación de la situación financiera y de las actividades de la asociación para determinar si cumple con los requisitos para ser incluida en el régimen especial. En caso de ser aprobada, la asociación tendrá que cumplir con ciertas obligaciones fiscales, como presentar declaraciones de impuestos y llevar una contabilidad específica para organizaciones sin fines de lucro. Cambiar de régimen puede ser un proceso complejo, pero puede ser una decisión financiera positiva para una asociación en Colombia.