La Factura Electrónica DIAN es igual de legal y con el mismo poder que una factura normal y corriente en papel.
Contiene la firma electrónica de los interesados para que ante un poder que lo certifique sea totalmente legal.
La Factura Electrónica DIAN soporta todas las transacciones que se hagan tanto en venta, bienes y servicios. La expedición, recibo, rechazo y conservación solamente se realiza digitalmente.
Estos son los datos que da la DIAN sobre la Factura Electrónica para que sepas los contenidos especiales que contiene.
Las facturas electrónicas de la DIAN solo pueden ser creadas a partir de las siguientes condiciones:
Los actores que forman parte de la factura de la DIAN electrónica son los siguientes:
Pueden utilizar la factura electrónica quienes quieran utilizar el servicio voluntariamente y los elegidos por la DIAN.
El Sistema Muisca de la DIAN es el encargado de realizar la Factura Electrónica para los que voluntariamente quieren realizarla.
El plazo una vez manifestado el interés de realizar la factura electrónica es de 3 meses. Este plazo permite las pruebas de habilitación de software de facturación en los servicios de la DIAN.
Si en ese plazo no se habilita la facturación se puede realizar siempre que se quiera en el Sistema Muisca de la DIAN.
Enlace | DIAN
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