Los trabajadores podrán hacer excepción de la jornada máxima legal de trabajo en Colombia.

Para esto deben tener la autorización Ministerio del Trabajo que les permita hacer excepciones.

Aunque ultimamente se ha dado una modificación que permitirá una vigencia de hasta dos años.

Este trámite se solicita en la siguiente dirección electrónica del ministerio de trabajo.

Enlace | Ministerio de Trabajo


Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *