Compensación o Devolución por Saldos a Favor Originados en las Declaraciones o Actos Administrativos de Impuesto sobre las Ventas en Colombia

La realización de trámites de compensación o devolución por saldos a favor originados en las declaraciones o actos administrativos de impuesto sobre las ventas en Colombia, es un procedimiento que puede ser llevado a cabo de forma fácil y rápida a través de plataformas online certificadas. De esta manera, los contribuyentes pueden obtener con agilidad los recursos a los cuales tienen derecho, optimizando su tiempo y evitando trámites engorrosos.

La Compensación o Devolución por Saldos a Favor Originados en las Declaraciones o Actos Administrativos de Impuesto sobre las Ventas en Colombia requiere el siguiente procedimiento para realizarse.

Procedimiento

Se necesitará poseer los siguientes documentos para realizar el trámite de Compensación o Devolución por Saldos a Favor Originados en las Declaraciones o Actos Administrativos de Impuesto sobre las Ventas en Colombia.

  • Garantía bancaria o de compañía de seguros : 1 Copia(s) 1 Original(es)
    Anotaciones adicionales: La garantía Bancaria o de Compañía de Seguros es opcional y debe ser expedida con el cumplimiento de los requisitos legales, debe citarse el contenido del Artículo 860 del Estatuto Tributario, debe cubrir el monto de la solicitud de devolución y tener una vigencia de dos (2) años a partir de la presentación de la solicitud. La póliza debe estar a favor de: La Nación Unidad Administrativa Especial, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
    Recibo de pago de la prima correspondiente a la póliza otorgada por entidades bancarias o compañías de seguros : 1 Fotocopia(s)
    Anotaciones adicionales: En caso de presentar la solicitud con garantía
    Constancia de la titularidad de la cuenta corriente o de ahorros : 1 Original(es)
    Anotaciones adicionales: Expedida por una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, con fecha de expedición no superior a un (1) mes.
    Cédula de ciudadanía : 1 Fotocopia(s)
    Anotaciones adicionales: Del representante legal, persona natural o apoderado.
    Solicitud de devolución y/o compensación
    Anotaciones adicionales: Este formulario aplica para trámites manuales (Formato 010). Para el trámite a través del Servicio Informático de Devoluciones (MUISCA), la información debe ser suministrada a través de la plataforma. .
    Relación de iva retenido
    Anotaciones adicionales: Para trámite manual adjuntar el formato 1440 debidamente certificado por revisor fiscal o contador público, según sea el caso, registrando la información del periodo solicitado y de los periodos que componen los arrastres. Para el trámite a través del Servicio Informático de Devoluciones (MUISCA), la información debe ser registrada en el formato 1440 utilizando el prevalidador..
    Relación de impuestos descontables diferentes a importaciones
    Anotaciones adicionales: Para trámite manual adjuntar el formato 1439 debidamente certificado por revisor fiscal o contador público, según sea el caso, registrando la información del periodo solicitado y de los periodos que componen los arrastres. Para el trámite a través del Servicio Informático de Devoluciones (MUISCA), la información debe ser registrada en el formato 1439 utilizando el prevalidador – Versión 1 para IVA año 2012 y anteriores y version 2 para IVA año 2013 y siguientes..
    Relación de iva descontable por importaciones
    Anotaciones adicionales: Para trámite manual adjuntar el formato 1441 debidamente certificado por revisor fiscal o contador público, según sea el caso, registrando la información del periodo solicitado y de los periodos que componen los arrastres. Para el trámite a través del Servicio Informático de Devoluciones (MUISCA), la información debe ser registrada en el formato 1441 utilizando el prevalidador.

Deberá solicitar cita previa en línea única de Agendamiento de Citas con costo: a nivel nacional 019005558484 y en Bogotá 057(1) 4878200 o en su defecto llamando al FIJO 4878200 en el horario de lunes a viernes 6:00 a.m. a 8:00 p.m. y sábados de 8:00 am a 2:00 pm.

Enlace | Compensación o Devolución por Saldos


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