Nuevo Código Policial en Colombia 2016

El Nuevo Código Policial en Colombia 2016 está a la espera de que le den la sanción presidencial para empezar a estar en norma.

#1: Nuevo Código Policial en Colombia 2016

A continuación explicaremos cuales son los puntos más interesantes del Nuevo Código Policial en Colombia 2016.

  1. Contra el robo de celulares: Sólo podrán comercializar equipos celulares quienes tengan la autorización expedida por el Ministerio de las TIC. Por otra parte, se cerrarán definitivamente los establecimientos que revendan equipos que hayan sido hurtados.
  2. Mayor convivencia para reducir riñas y agresiones físicas: Se imponen medidas correctivas de multa y se desarrollarán actividades pedagógicas a quienes participen en riñas, o inciten o incurran en confrontaciones violentas que puedan derivar en agresiones físicas.
  3.  Freno a los daños a estaciones y buses articulados de transporte masivo: Se impondrán multas y la obligación de reparar daños materiales, a quienes manipulen, deterioren, destruyan o bloqueen las puertas de estaciones y de buses articulados de los sistemas masivos de transporte. Igualmente se adoptan medidas severas contra el fenómeno de los colados en estos medios de transporte.
  4. Protección efectiva en casos de emergencia: La Policía podrá penetrar en domicilios sin mandamiento escrito, ante una situación de imperiosa necesidad, para, entre otros, socorrer a quien pida auxilio, extinguir un incendio, dar caza a un animal rabioso, proteger bienes de personas ausentes cuando se descubra que un extraño ha penetrado violentamente el domicilio y en los casos de manipulación de pólvora sin el cumplimiento de los requisitos de ley.
  5.  Buena convivencia en la tenencia de animales y protección a los animales: Se regula la tenencia de animales domésticos para, por ejemplo, evitar que aquellos animales potencialmente peligrosos puedan generar daños a otros, mediante la exigencia del bozal y de una póliza civil extracontractual, o para incentivar a quienes paseen su mascota para que recojan sus deposiciones, particularmente en lugares abiertos al público donde se desarrollen actividades de recreación. Igualmente para proteger a los animales, se establecen prohibiciones, tales como promover actividades de apuestas con animales, la venta de animales domésticos en vía pública y que los dueños de los semovientes permitan que deambulen sin control por el espacio púbico
  6. Control del ruido excesivo en vecindarios: Hoy en día, si se presenta una fiesta altamente ruidosa en un vecindario, solo es posible solicitar al organizador que baje los niveles de ruido. Con el nuevo Código, la policía está autorizada hasta para desactivar la fuente de ruido y restablecer la tranquilidad en el vecindario.
  7.  Control del ruido excesivo por parte de establecimientos: En el caso de establecimientos de comercio que emitan altos niveles de ruido, se podrá intervenir de forma inmediata, y se podrá hacer cesar las actividades comerciales de manera temporal hasta tanto no se corrija el comportamiento. Igualmente en el caso de personas jurídicas con o sin ánimo de lucro, o los denominados clubes sociales sin ánimo de lucro, las alcaldías pueden establecer horarios y se faculta a las autoridades de policía para ingresar a estos establecimientos para verificar el cumplimiento de los horarios.
  8. Protección de la convivencia en los centros educativos. Se establecen una serie de disposiciones que prohíben comportamientos que afectan en los centros educativos como el consumo y porte de bebidas alcohólicas, drogas o sustancias prohibidas. Igualmente se faculta al Consejo para que establezca perímetros alrededor de los colegios para prohibir el consumo de bebidas alcohólicas.
  9. Protección de la integridad de niños, niñas y adolescentes. Se establecen una serie de comportamientos que son prohibidos para proteger a los niños, niñas y adolescentes como permitir, inducir o tolerar que realicen actividades sexuales o pornográficas, o que se ejerza la prostitución o la exploración sexual. Igualmente se prohíbe la venta o alquiler de material pornográfico, bebidas alcohólicas, cigarrillo, tabaco y sus derivados, sustancias psicoactivas o cualquier otra que afecte su salud, pólvora o sustancias prohibidas, armas neumáticas o de aire o similares.
  10.  Adecuado uso del suelo de los establecimientos: No se abrirán establecimientos de comercio sin que antes se verifiquen las normas sobre uso del suelo, con lo cual, por ejemplo, se podrá evitar la apertura de clubes nocturnos en zonas residenciales. La apertura de cualquier establecimiento deberá informarse con anterioridad al comandante de Estación o Subestación de Policía. Igualmente, en caso de no cumplir con los requisitos establecidos en la ley para el funcionamiento, se podrán cerrar este tipo de establecimientos sin tener que someterse a tortuosos procedimientos que antes duraban años e impedían el sellamiento inmediato.
  11.  Seguridad en espectáculos y eventos públicos: Se crean herramientas para garantizar la seguridad y el desarrollo pacífico de reuniones, eventos públicos y espectáculos, por ejemplo, a través de medidas correctivas frente a actos como: permitir el ingreso de personas con edad inferior a la señalada en la clasificación y normatividad, no disponer del servicio de acomodadores, entrar en estado de embriaguez o de intoxicación que produzca un estado irregular en el cuerpo humano, permitir el ingreso de sustancias prohibidas, incumplir normas de higiene, no contar con unidades sanitarias, no disponer de señalización adecuada, entre otros.
  12.  Cumplimiento de normatividad para el desarrollo de actividades económicas: Se impondrán medidas correctivas cuando se incumpla la normatividad relativa al desarrollo de actividades económicas, por ejemplo, ante el desarrollo de actividades diferentes a las registradas en el objeto social de la matrícula mercantil, el incumplimiento de horarios para la atención al público, o cuando se ocupe de forma indebida el espacio público.
  13. Adecuado manejo de residuos y basuras: Se impondrán multas por el mal manejo de residuos o basuras, así como a quienes arrojen basuras, residuos o escombros en el espacio público o en bienes de carácter público o privado.
  14. Protección de zonas de importancia ambiental: Se protegen las áreas de importancia ecológica mediante medidas correctivas más eficaces, por ejemplo, para quienes ocupen o construyan ilegalmente en zonas protegidas.
  15. Contra la minería criminal: Se establecen herramientas para combatir la minería criminal mediante, por ejemplo, dispositivos tecnológicos para la identificación y localización de maquinaria pesada y la facultad para que la Policía Nacional destruya la maquinaria cuando la actividad la realizan organizaciones criminales o grupos al margen de la ley, controles a los insumos utilizados en esta actividad, requisitos para la compra y venta de minerales como la certificación de origen y los permisos, y el establecimiento de medidas correctivas para actividades como la minería en parques naturales nacionales y regionales, zonas protegidas como páramos y humedales, la exploración y explotación minera sin título inscrito en el registro minero nacional o sin licencia ambiental, entre otros.
  16. Seguridad para ejercer el derecho a la protesta: Se establecen mecanismos de coordinación y sistemas de aviso a las autoridades, de modo que se puedan anticipar y planear adecuadamente medidas para la regulación del tránsito y la movilidad y para la seguridad de los manifestantes y de la ciudadanía en general. Igualmente se establecen medidas garantistas para proteger el derecho a la protesta como la prohibición de estigmatización de la protesta o el uso del ESMAD como última medida, entre otros.
  17.  Uso adecuado de las expresiones artísticas de grafiti: No será permitido realizar grafitis en bienes culturales o zonas que no se encuentren habilitadas para esta expresión artística. Ante esta situación, se exigirá que la persona limpie y deje en buenas condiciones la zona o el bien cultural afectado. Igualmente, la ley dispone expresamente que la realizan de dicha actividad no justificará por sí sólo, el uso de la fuerza , ni la incautación de los instrumentos para su realización
  18. Las actividades de Policía serán públicas: Se establece una autorización legal para que cualquier ciudadano pueda gravar los procedimientos policivos y que nadie pueda impedirlo, de modo que las actuaciones de las autoridades serán de cara a la ciudadanía. Igualmente la Policía Nacional deberá definir un mecanismo para que los ciudadanos puedan corroborar que la autoridad que lo aborda efectivamente pertenece a la institución.
  19. Se crea la figura de la Mediación de Policía: Lo que se busca con este medio de policía es que las autoridades sean el canal para que las personas que tengan diferencias decidan voluntariamente resolver sus desacuerdos armónicamente. Esta herramienta busca prevenir las riñas y buscar que las partes solucionen sus problemas de manera pacífica.
  20. Se crea el Programa de educación y promoción del Código: Se establece en este Código que el Gobierno Nacional deberá diseñar programas, actividades y campañas de promoción en todo el territorio nacional, para explicar y hacer pedagogía sobre las disposiciones más relevantes del Código y en especial de los comportamientos contrarios a la convivencia y las consecuencias que se derivan de su realización. Igualmente que el personal de la Policía se debe capacitar y formar teniendo en cuenta el nuevo enfoque de este Código.

Según el Ministro de Defensa Luis Carlos Villegas explicó lo siguiente sobre el Nuevo Código Policial en Colombia 2016.

  • Las normas de Policía no son un instrumento represivo, sino básicamente preventivo, porque aplica medidas correctivas, que no son propiamente sanciones, sino que corrigen y dan el mensaje a los demás
  • Es un código que se presentó ocho veces, incluida esta, en este siglo y que finalmente pasó a sanción presidencial. Es un texto que se trabajó durante más de cuatro años, en donde tuvimos la participación, no solo de nuestras Fuerzas, tanto de Policía como de algunas asesorías de las Fuerzas Militares, sino también del Ministerio de Defensa y de la Alta Consejería para la Seguridad Ciudadana

Esperemos que el nuevo código realmente no sea una herramienta represiva ya que se sabe de antemano el abuso del poder policial en casi todos los países del mundo.

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